El mundo de las nuevas tecnologías brinda un espacio innovador y único para adoptar nuevos modelos de vida. Decía el sociólogo y jurista Eugen Ehrlich en su obra titulada Fundamentos de la Sociología del Derecho: “El derecho no es estático, su esencia no reside únicamente en las leyes escritas, sino en las normas vivas de la sociedad, que se adaptan constantemente a los cambios culturales, sociales y económicos”. A propósito de la creciente ola de dudas y sospechas concernientes al trading en países en vía de desarrollo latinoamericanos. Nos surge la profunda necesidad de desmentir algunas creencias erróneas con respecto al trading frente al derecho y aclarar las verdaderas raíces del mercado de divisas, desatar puntos ciegos, como también neutros.
Aclarar la legalidad de este tema se torna algo controversial o polémico, cuando no debiera ser así. Pues es un mercado normal. Para esto haremos una definición, se realizara una breve comparación de la aserción y acogimiento del mercado de divisas en los sistemas del Common Law; es decir, sistemas legales tales como los de Reino Unido, su mancomunidad de Naciones, los Estados Unidos de Norte América, Hong Kong, entre otros. Por otro lado, aparte de hacer uso de esta primera vertiente, explicaremos como el trading se sustenta en el Trade Law y el Securities Law siempre haciendo uso del Derecho Comparado, además se abundará sobre su historia. Así como también, se enunciará posibles mitos ¿cuál es el fondo detrás de un sistema de divisas? Y si el trust se aplica o no en este sistema bursátil. Propondremos recomendaciones para aplicar las mejoras de lugar en nuestro país, de como debiera ser aún más regulado en la Republica Dominicana por los riesgos que representa ya que a pesar de los esfuerzos gubernativos nuestra economía se encuentra aun en vía de desarrollo de acuerdo al Banco Mundial y al Fondo Monetario Internacional, aunque para nadie sea un secreto ya que alguien quien no ostente un salario cómodo no debe hacer este tipo de inversiones de probabilidades, de la misma forma debe ser usado para una correcta aplicación de acuerdo a las normas taxativas e impositivas en nuestro país.
El siguiente artículo no es un consejo de inversión, pues a nuestro criterio el trading no es adecuado para todos; requiere conocimientos sólidos, experiencia y control emocional, factores que influyen directamente en el éxito, lo que convierte el arte de invertir en una disciplina muy relativa de cada quien. El mismo será redactado sin ningún ánimo de lucro o de apoyo a ninguna figura, sino más bien con el propósito de facilitar su comprensión y el porqué debiéramos tener cuidado con posibles difamaciones por desinformación.
El mercado de divisas, mejor conocido como Foreign Exchange (Forex), es un mercado totalmente descentralizado, donde se intercambian divisas de diversos países, así como las empresas (mayoristas) de los países del par de divisas participan proponiendo sus ofertas de valor, como el EUR/USD (Euro-dólar), Yen Japonés (JPY-USD), entre otros pares de divisas, interconectando diversos horizontes y regulado de forma intersectorial, es decir: en Europa por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), por la Financial Conduct Authority (FCA) que es del Reino Unido, la Comisión Nacional del Mercado de Valores en Espana, En Norteamérica por la Commodity Futures Trading Commission además por la National Futures Association. En el caso de algunos intermediarios “bróker”, que son los agentes que conectan el dinero del consumidor o cliente hacia el mercado, estos que tienen sus mayores clientes en Latinoamérica , son mayormamente regulados por entidades financieras tales como las Superintendencia de Bancos de sus respectivos países tal como el caso de La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en España que vigila las actividades de Forex en España, asegurando que las operaciones se ajusten a las normativas europeas. Es preciso señalar, que por ejemplo en Irlanda, su banco central se encarga de regular y vigilar estas transacciones. Por lo tanto en Latinoamérica, hay entidades que vigilan este tipo de transacciones entre consumidores y mercado bursátil, estas son la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en México, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en Chile. Es importante señalar que, en los Estados Unidos de Norte América la seguridad transaccional del intercambio de bienes y divisas viene sustentada desde el 1933 con el acto titulado Act of 1933, también nombrado “truth in securities”. El mismo busca prevenir fraudes en el sistema de valores e intercambio de bienes. Cabe mencionar que su artículo 5, prohíbe la venta de valores al público sin que estos estén registrados previamente ante la Securities and Exchange Commission (SEC), salvo que apliquen exenciones específicas. En algunos países del Common Law se aplica la figura denominada Trust Law para garantizar la debida seguridad con los intermediarios y los clientes. Una de sus normas es el código global del mercado de divisas, que establece un conjunto de principios internacionales de buenas prácticas en el mercado de divisas.
En cuanto a la Republica Dominicana, en calidad de ciudadano llamamos en fechas 29 de octubre del 2024 y 23 de diciembre del 2024 a los fines de que nos ofrecieran esta información de carácter público. En vigor del artículo 11 de la ley 200-04 sobre Información Pública, nos comunicamos con la Superintendencia de Valores y la Superintendencia de Bancos de nuestro país, las cuales son muy competentes a nivel regional e internacional y le preguntamos qué relación o que vigilancia-regulación le prestan al Mercado de Divisas (Forex) y la primera magna entidad nos dijo que ellos no trabajan directamente con ese mercado, ni prestan vigilancia ya que se inclinan solo a nuestro mercado de valores, el cual a nuestra valoración es muy atractivo para los dominicanos y personas extranjeras y nos recomendó llamar a la Superintendencia de Bancos; por lo mismo tanto la segunda, al realizarle la misma pregunta nos relato que ellos si trabajan en la vigilancia y supervisión de las entidades intermediarias y cambiarias, lo cual nos enorgullece bastante por nuestro gran Estado Democrático de Derecho, por lo cual refleja el compromiso del país con un sistema financiero sólido y transparente. Aparte de eso, haciendo una investigación en los motores de búsqueda, nos dimos cuenta que el Banco de Reservas de la Republica Dominicana tiene un articulo muy minucioso a la hora de elegir un adecuado curso de trading a los consumidores. La Ley 183-02 establece la libre convertibilidad de divisas y regula la intermediación cambiaria, garantizando transacciones seguras y supervisadas por el Banco Central y la Junta Monetaria. La Ley 183-02 en sus artículos 29 y 32, establece la libre convertibilidad de divisas y regula la intermediación cambiaria, garantizando transacciones seguras y supervisadas por el Banco Central y la Junta Monetaria. Luego de haber visto una noción de lo que es el trading y su sustento legal-transaccional, se torna menester conocer la historia de este mercado la cual hemos consultado en fuentes internacionales. Para empezar este sistema bursátil se remonta desde civilizaciones antiguas. De acuerdo a la American Trade International, el trading tiene sus raíces en las antiguas civilizaciones, donde se llevaban a cabo intercambios básicos de bienes y servicios. Con el tiempo, este sistema primitivo se transformó en actividades comerciales más sofisticadas gracias a la creación de la moneda y el desarrollo de mercados. No obstante, fue a partir del siglo XVI cuando el trading comenzó a tomar una forma más similar a la que conocemos hoy en día con el surgimiento de la moneda y el desligue del oro y el dólar como su respaldo principal. Es también así que el Wall Street Journal recalca desde los inicios de la humanidad, el intercambio de bienes ha sido una práctica esencial. Ya sea mediante contratos de futuros de granos en la antigua Mesopotamia alrededor del 2260 a.C., o mediante acuerdos sobre bulbos de tulipanes en la burbuja especulativa de Haarlem, en los Países Bajos durante el siglo XVII, la necesidad de comerciar ha sido constante.
Ahora bien ¿Es cierto que el trading es una vía de enriquecerse rápido? Pues según lo investigado y lo visto, no. El trading es una gran vía de obtener la libertad financiera a mediano y largo plazo. Todo inversionista que ha generado enormes ganancias ha sido con mucho sacrificio mental y de tiempo, pues los traders más rentables oscilan desde 2 a 8 años de experiencia y esto no es una tarea fácil porque de acuerdo al libro Tener Éxito en Trading del autor Van K Tharp, quien sí ha sido exitoso, se requiere un 80% psicología para invertir aquí. Ahora bien, queda a opción del consumidor saber si es la vía que más le conviene invertir, pero es buena opción de invertir siempre y cuando haya buena educación en la materia. Los mercados bursátiles están llenos de opciones e instrumentos para invertir a largo plazo y sin preocupaciones, sin necesariamente ser el mercado de divisas. Se podría decir, depende que objetivo o propósito se tiene para elegir un mercado de acuerdo a sus circunstancias.
De modo conclusivo presentamos algunas recomendaciones a los fines de informar correctamente al público o tener en cuenta para fines de políticas públicas. Sugerimos si tiene planificado invertir en este mercado primero chequear que dicen las instituciones gubernativas de nuestro país al respecto y seguir sus orientaciones. Si tiene planificado comprar algún curso instructivo primero revise quien lo ofrece, bajo que calidad, si ese instructor tiene constituida una sociedad comercial a los fines de tales enseñanzas para poder reclamar con mayor facilidad cualquier anomalía, su reputación, si hay algún medio informativo de credibilidad que hable de ese instructor también ayuda. Al fin y al cabo el consumidor es quien decide quien le enseña. Aparte sugerimos no caer en “ganchos”, si algún instructor le persigue por algún grupo, primero investigue. Pues debe conocer su nombre y si tiene algún arraigo que permita facilitar también su credibilidad. Debe buscar en los medios hábiles al ciudadano si tiene algún antecedente penal, de ser posible y por último tenga muy en cuenta si verbal o literalmente le dice que hará riquezas de manera rápida, ya que no es el modus operandi de estas inversiones. El perfil de un buen trader rentable siempre será el de una persona con un notable desarrollo personal de acuerdo a la fuente indirectamente citada previamente, aparte de eso debe tener visible su cuenta auditada en la plataforma Myfxbook, a los fines de comprobar que los “trades” son verídicos, tiene resultados y que sus cursos son de aprendizaje. Para concluir recomendamos visitar plataformas como Trustpilot a los fines de chequear reputaciones de “brókers” y “empresas de fondeos”, el cual es un portal totalmente abierto al público y transparente. Para conocer más a fondo sobre los fraudes financieros en el mundo bursátil internacional, sugerimos visitar la plataforma de la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos, “Investor”, donde aclaran cuales y como son los esquemas de fraudes para no caer en ellos.